¿Qué es el subsidio de arriendo?
Como todo subsidio se trata de un aporte del Estado para que las familias puedan pagar por el arriendo de una vivienda. La familia deberá entregar un copago mensual que sumado al subsidio de arriendo completarán el total del valor de arriendo de la propiedad.
En forma clara, a quienes obtengan el subsidio de arriendo el Estado les entrega 170 UF, pero no se entregan en forma completa, si no que el Estado entrega una parte mensual hasta completar las 170 UF.
Esa parte mensual que entrega el Estado no puede ser mayor a las 4.2 UF y se entrega de manera consecutiva es decir mes a mes, pero por un plazo máximo de 8 años. De esa forma la familia entrega parte del arriendo y la otra parte la aporta el Estado.
El subsidio de arriendo puede ser usado en cualquier región del país y la persona puede postular a una vivienda definitiva sin ningun problema, aun cuando haya sido beneficiado por este subsidio.
¿A quién está dirigido este subsidio?
A familias arrendatarias, de sectores medios o vulnerables y allegadas, que necesita una ayuda del Estado para tener una solución habitacional por un tiempo determinado. Es para las familias que pertenecen al 70% más vulnerable y que tienen la posibilidad de entregar una cantidad en dinero mensual destinado para el arriendo, aparte del aporte que hará el Estado.
¿Cuáles son las condiciones del subsidio de arriendo?
Estos son los puntos más importantes que se deben conocer sobre este subsidio.
- Monto total del subsidio 170 UF.
- Se entrega mes a mes en partes que no pueden superar las 4.2 UF hasta que se completen las 170 UF.
- Puede ser usado en forma continua o fragmentada.
- Se entrega en un plazo máximo de 8 años.
- El contrato de arriendo no puede ser mayor a las 11 UF.
- El subsidio no pagará más allá del 80 % del valor mensual del arriendo, lo otros es el copago que paga la familia para completar el valor del arriendo.
- En zonas extremas el apoyo mensual entregado por el Estado puede llegar a las 4.9 UF.
- Permite el arriendo de una vivienda de cualquier región del país.
- No impide la postulación futura a un subsidio para la vivienda definitiva.
- No impide la postulación futura a un subsidio para la vivienda definitiva.
- Debe estar dentro del 70% de la población más vulnerable, de acuerdo al Registro Social de Hogares (RSH) que realiza un clasificación socioeconómica.
- Una vez adjudicado el subsidio, se tienen 24 meses para encontrar una propiedad para arrendar.
¿Cuáles son los requisitos del subsidio de arriendo?
- Tener más de 18 años de edad y cédula de identidad vigente.
- Extranjeros deben postular con una cédula de identidad vigente para extranjeros.
- Debe ser una familia, es decir el núcleo familiar, aparte del postulante debe estar conformado a lo menos por su cónyuge, conviviente civil, conviviente o hijo. Adulto mayor sobre los 60 años puede postular en forma individual, sin contar con un núcleo familiar.
- Estar dentro del 70% de la población más vulnerable según el registro de la RSH.
- Se debe tener un ahorro mínimo de 4 UF al día de la postulación a nombre del postulante u otro integrante del núcleo familiar.
- El ingreso económico familiar debe estar entre las 7 y 25 UF. Aumentará en 8 UF el ingreso máximo mensual por cada integrante que excede de tres.
¿Quiénes no puede postular?
- El postulante o algún integrante del grupo familiar es propietario o asignatario de una vivienda, de un sitio o instalación sanitaria.
- El postulante o algún integrante del grupo familiar es beneficiario de un subsidio habitacional o tiene un certificado vigente de subsidio habitacional.
- Quienes estén postulando a otro programa habitacional, salvo con el Programa Sistema Integrado de Subsidio Habitacional.
- Que el postulante esté dentro de un grupo familiar beneficiado con el subsidio de arriendo.
¿Cómo se usa el subsidio de arriendo?
Primero postulamos y cuando salimos seleccionados, tenemos 24 meses para encontrar un casa o departamento para arrendar. Al buscar una propiedad para arrendar esta debe cumplir unos requisitos y también el arrendador. Después tenemos que firmar el contrato de arriendo y presentarlo en el Serviu, junto a otros formularios y declaraciones juradas.
1.- Requisitos que debe tener la propiedad:
- Se debe solicitar en el certificado de avalúo fiscal para corroborar que el terreno en donde está la vivienda tiene un destino habitacional.
- Tener el certificado de recepción municipal de la propiedad.
- La propiedad debe tener 3 recintos bien definidos: cocina-estar-comedor, baño y dormitorio. No pueden usar más de 3 personas el dormitorio.
- Los allegados no pueden usar el subsidio para arrendar la vivienda en la que están.
- La propiedad no puede estar en un área afecta a cambio de uso de suelo o demolición.
- La propiedad no puede estar embargada, o con prohibición de arrendar por acción del Serviu.
2.- Requisitos que debe tener el arrendador:
- El arrendador debe ser dueño de la propiedad.
- No debe ser un beneficiario de un subsidio de arriendo.
- No debe tener parentesco con el postulante o con algún miembro del núcleo familiar.
- La propiedad no puede estar en un área afecta a cambio de uso de suelo o demolición.
- La propiedad no puede estar embargada, o con prohibición de arrendar por acción del Serviu.
3.- Firmar el contrato de arriendo:
Se emite el contrato de arriendo y se firma. De esta forma:
- El contrato de arriendo que tiene unas características particulares, se debe emitir en la página del Minvu o solicitarlo de manera presencial en las oficinas del Serviu, en este último caso, se debe llevar la información del contrato.
- Si la propiedad ya la tengo arrendada, por lo que ya tengo un contrato de arriendo, este lo debe adaptar al formato entregado por el Minvu.
- En la página del Minvu debo llenar toda la información requerida para generar el contrato e imprimir 3 copias que deben ser firmadas ante notario. (El dueño de la propiedad también debe firmar)
- La como mínimo debe tener una duración anual.
4.- Entrega del contrato y otros certificados en el Serviu:
Se debe presentar una copia del contrato de arriendo firmado ante notario junto con unos certificados en las oficinas del Serviu. Una vez que enviemos todos estos documentos al Serviu, podemos empezar con el copago del arriendo en lo servicios del Banco Estado.
- Certificado de dominio vigente con una antigüedad máxima de 6 meses.
- Certificado de hipotecas, gravámenes, prohibiciones e interdicciones con una antigüedad máxima de 6 meses
- Declaración Jurada Requisitos de la Vivienda (Formulario A-06).
- Declaración Jurada Vínculos de Parentesco (Formulario A-07).
- En la dirección de obras municipales solicitar el certificado de recepción definitiva.
- Los datos de la cuenta bancaria del arrendador (Nombre de Institución, Número de cuenta bancaria, RUT, tipo de cuenta)
¿Cómo se paga al arrendador?
La familia realiza el copago antes del día 5 del mes en curso. Si vamos a pagar el mes de julio, tenemos que hacerlo antes del 5 de julio. El Estado revisará si se realizó el copago por parte de la familia y pueden pasar 3 cosas:
- Si pagaste a tiempo, el arrendador recibirá el total del valor de arriendo, es decir el copago aportado por la familia y el subsidio estatal.
- Si no pagaste a tiempo, el arrendador sólo recibirá el subsidio del Estado y quedará una cuota de copago pendiente y sumada al siguiente mes. Si no se pagar 3 copagos por parte de la familia se pierde el subsidio de arriendo.
¿Dónde se paga el copago familiar?
En forma presencial:
En línea:
En la página del Banco Estado, hay que tener alguna de estas cuentas: Rut, corriente, vista o chequera electrónica de este banco.
¿Puedo perder este subsidio?
Si, están establecidas en el contrato las causales que signifiquen poner término al contrato. Por ejemplo:
- Que el beneficiario subarriende el inmueble.
- Que se le de un destino distinto al uso habitacional para la vivienda arrendada.
- El incumplimiento de los copagos.
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