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Subsidio DS49 para vivienda construida

El Subsidio DS 49 es entregado por el Estado de Chile para personas que no son propietarias de una vivienda, las cuales viven una situación de vulnerabilidad social y que tienen la necesidad de una solución habitacional. Es para viviendas construidas de hasta las 950 UF.



A este subsidio no pueden postular personas solas, porque está enfocado para familias, excepto si el postulante presenten alguna discapacidad, es adulto mayor, es un ciudadano con calidad de indígena, viudas/os y personas que estén en el informe Valech.

Este subsidio puede ser usado para una propiedad construida sin deuda hipotecaria o para ser usado en los proyectos habitacionales del Serviu en todo Chile.


¿Cuál es el aporte del Estado en el DS 49?

El aporte en dinero por parte del Estado parte de las 314 UF, esta es la base y puede aumentar dependiendo de la ubicación de la propiedad o proyecto Serviu. El estado además puede entregar subsidios complementarios que se suman a la base del DS 49 dependiendo de las características del grupo familiar que está postulando y la propiedad que se piensa adquirir.

¿Cómo se financia la vivienda con este subsidio?

Con el ahorro del postulante o familia, más el aporte del Estado con el Subsidio ds 49 y subsidios complementarios y se pueden usar además aportes adicionales, que son opcionales.

¿Cuáles son los subsidios complementarios al DS 49?


Subsidios complementariosMontos máximos aportados
Subsidio según la ubicación geográfica120 ó 200 UF
Densificación en altura110 UF
Subsidio de Discapacidad20 u 80 UF
Superficie adicional (construcciones sobre los 37.5 m2)50 UF
Premio al ahorro adicional30 UF

¿Cuáles son los requisitos del Subsidio DS 49?
  • Ser mayor de edad.
  • Cédula de identidad vigente y extranjeros certificado de permanencia definitiva.
  • Estar dentro del 40% más vulnerable según el registro nacional de hogares (RSH) en su clasificación socioeconómica.
  • El postulante a lo menos debe tener 10 UF en la cuenta de ahorro para la vivienda, que corresponde al ahorro mínimo para poder postular al subsidio. Este debe estar dentro de la cuenta como máximo, el último día del mes anterior a la postulación
  • Acreditar en el Registro Social de Hogares que se trata de un grupo familiar, ya que este subsidio está dirigido a las familias. Sólo pueden postular personas solas en las siguientes situaciones: Viudos/as, personas dentro del informe Valech, adultos mayores, discapacitados y personas que tengan la calidad de indígenas.


¿Cómo puedo saber mi clasificación socio económica en el RSH?

Puede conocer su porcentaje en la clasificación hecha por el RSH llamando al 800 104777, visitando la página www.registrosocial. gob.cl o consultando en la municipalidad donde vive.

PASO A PASO PARA POSTULAR:

  • Deposite su ahorro en una cuenta de ahorro para la vivienda.
  • Consulte por los programas en el Serviu y fechas postulación.
  • Verifique su clasificación socioeconómica en el RSH para ver si esta dentro del 40%.
  • Para postular lo puede hacer en forma presencial en las oficinas del Serviu o a través de internet pero requiere clave única.

Debe presentar los siguientes documentos al postular:

  • DJ49-3 Obligatoria: Mandato de ahorro
  • DJ49-2 Obligatoria: Declaración jurada de postulación
  • DJ49-1 Obligatoria: Declaración de núcleo familiar y de no propiedad habitacional

Los 3 documentos los puede descargar de la página del Minvu


¿Cómo usar el subsidio otorgado?

En términos generales estas son las condiciones básicas para poder usar su Subsidio DS 49 en Chile cuando sea adjudicado. Más adelante se describe las condiciones para cuando sea usado en una vivienda nueva o usada.

  • Valor máximo de la propiedad 950 UF.
  • Su vivienda será financiada por su ahorro acreditado al postular más el subsidio del Estado. Usted podrá sumar el financiamiento con otros subsidios complementarios o con mayor ahorro propio.
  • El monto del subsidio entregado podrán variar por condiciones como la vivienda a comprar, su ubicación y características, y por las condiciones particulares de la familia que postula.

Al momento de adquirir una vivienda el Estado le proporcionará ayuda legal y técnica en el proceso. Esta ayuda técnica y legal se presta a través de las entidades llamadas Asistencia Técnico Legal (ATL).

DS 49 Para adquirir una vivienda usada:

Es un proceso más largo. Debe buscar una vivienda de un valor como máximo de 950 UF. Debe llevar los antecedentes de la vivienda a las oficinas de Asistencia Técnico Legal (ALT), pues ellos confeccionarán lo siguiente:

  • Informe técnico de la propiedad
  • Estudio de títulos
  • Tasación comercial
  • Redacción de la escritura de compraventa
  • Trámites notariales
  • Verificar que la propiedad no tenga ningún tipo de deuda
  • Recepcionar la vivienda al momento de la entrega para su revisión final.

Todos los gastos en que derivan de los trabajos realizados por la oficina ALT serán cancelados por el Ministerio de Vivienda Urbanismo.

Para finalizar el proceso de compra, una vez que la propiedad es inscrita a su nombre en alguna oficina del Conservador de Bienes Raíces, la oficina ALT le informará al Serviu para que le pague el Subsidio al vendedor de la propiedad y a usted le entregarán una copia de la escritura de compraventa, que lo acredita como nuevo propietario.


DS 49 Para adquirir una vivienda nueva:

Debe encontrar una vivienda de menos de 950 UF y vaya a la oficina de Asistencia técnica u oficina del Serviu de su región.

El vendedor de la vivienda nueva deberá realizar casi todas las tareas del ALT, excepto por el caso de la tasación e informe técnico que serán realizados por el Serviu.

Consulte en detalle este Subsidio en el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Aquí)

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