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Villa Alemana, Terreno 2 Hás. en Venta – Peñablanca / Ideal Proyecto Inmobiliario

Detalles

Valor:
$ 950.000.000
Valor (UF aprox.)*:
UF 24.059,37
Conversión: 1 UF = $ 39.486
Superficie Total:
20.396 m²

Dirección:
Villa Alemana, Terreno 2 Hás. en Venta – Peñablanca / Ideal Proyecto Inmobiliario
Código aviso:
93509141
Código externo aviso:
116131930
Tipo de publicación:
Venta
Tipo de propiedad:
Terreno
Fecha Publicación:
08/09/2025
* Valor calculado a partir del valor original, este valor es solo referencial.
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Descripción

Terreno 2 Hás. en Venta Peñablanca / Ideal Proyecto Inmobiliario
** Ubicación estratégica
Entre calles Los Aromos y Bernardo Leighton, Peñablanca.
A 5 min. de Camino Troncal Urbano (Líder y Copec).
A 10 min. de Troncal Sur.
A 30 min. de Viña del Mar.
* Características del Terreno
Superficie: 20.396 m (2,04 Hás. aprox.)
Configuración: Irregular, con pendiente media.
Servicios: Electricidad y factibilidad de agua potable y alcantarillado.
Ideal para: Desarrollo inmobiliario (condominios, edificios o loteo).
* Deslindes según títulos
Norte: 170 m con Parcela N103-C
Sur: 132 m con Parcela N106
Oriente: 190 m con Parcelas N101 y 101-A
Poniente: 78 m con camino vecinal
* Entorno y Potencial
Sector Peñablanca, en crecimiento sostenido:
Imagen semi-rural con parcelas agroresidenciales (medio y medio-alto).
Fuerte proceso de urbanización con proyectos inmobiliarios en expansión.
Cercanía a servicios, talleres y pequeña industria.
Excelente oportunidad de inversión con alta plusvalía.

5.1 USOS DE SUELO
ZONA O SUBZONA EN QUE SE EMPLAZA EL TERRENO
EX - H2 / AR NP
________________________________________
1. USOS PERMITIDOS. EX H2
1.1. Vivienda.
1.2. Equipamiento.
a) De nivel Regional, Comunal y Vecinal:
1. Culto: Santuario, Parroquias, Capilla.
2. Cultura: Museo, Biblioteca, Sala de Concierto, Acuario, Teatro, Auditorio, Casa de la Cultura.
3. Esparcimiento y Turismo: Hotel tres estrellas, Hostelería tres estrellas, Hostería tres estrellas, Hostal tres estrellas, Residencial tres estrellas, Fuente de soda, Restorán, Club Social, Casino, Teatro, Cine, Quinta de Recreo.
4. Comercio: Centro Comercial, Grandes Tiendas, Supermercados, Mercado, Local Comercial.
5. Servicios Públicos: Servicios de utilidad pública, Municipio, Juzgado, Correo, Oficina de Telecomunicaciones, Servicios de Administración Pública.
6. Salud: Hospital, Clínica, Posta, Consultorio, Centro Médico, Clínica Veterinaria.
7. Deportes: Complejos Deportivos, Estadio, Cancha, Piscina, Gimnasio.
8. Educación: Universidad, Institutos, Academias, Colegios, Liceos, Escuelas Básicas, Jardines Infantiles, Parvularios.
9. Servicios Profesionales: Oficinas profesionales.
10. Areas Verdes: Grandes parques, Parques, Plaza, Jardines.
b) De nivel Comunal y Vecinal:
1. Seguridad: Comisaría, Tenencia, Bomberos, Retén, Defensa civil.
2. Organización Comunitaria: Junta de Vecinos, Centro de Madres, Centro Social.
3. Servicios Artesanales: Definidas conforme a las disposiciones establecidas en la Circular N 05(14) de fecha 07 de Julio de 1989 D.D.U. / MINVU.
1.3. Transporte:
1. Estacionamiento: Edificios de estacionamiento, Estacionamientos Subterráneos.
________________________________________
1.2. USOS PROHIBIDOS:
Todos los no señalados como permitidos.
________________________________________
2. CONDICIONES DE SUBDIVISIÓN Y EDIFICACIÓN:
2.1. Superficie predial mínima:
Vivienda, Equipamiento: 750 m
Transporte: 1000 m
2.2. Frente predial mínimo:
Vivienda, Equipamiento: 16 mts.
Transporte: 20 mts.
2.3. Coeficiente máximo de ocupación del suelo: 0.4
2.4. Coeficiente máximo de constructibilidad: Según aplicación de la Tabla 2 contenida en el Artículo 9 de la presente Ordenanza.
2.5. Tipo de agrupamiento: aislado, sin adosamiento.
2.6. Altura máxima: De acuerdo a la aplicación de rasante, según Artículo 2.6.3. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
2.7. Distanciamientos y rasantes: De acuerdo a la aplicación del Artículo 2.6.3. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
2.8. Densidad bruta máxima: De acuerdo a la aplicación de la Tabla 2 contenida en el artículo 9 de la presente Ordenanza.
2.9. Antejardín mínimo:
General: 4,5 mts.
Transporte: 6,0 mts.
Frente vías estructurantes: 6,0 mts.
Se prohíbe la construcción subterránea bajo área de antejardines establecidos frente a vías estructurantes.

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Mapa - Villa Alemana, Terreno 2 Hás. en Venta – Peñablanca / Ideal Proyecto Inmobiliario

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